Licencia de intervención y ocupación temporal de playas marítimas y terrenos de bajamar

Encuentra los trámites de la autoridad.

Trámite

Presencial

Se conoce como: Licencia de intervención y ocupación temporal de playas marítimas y terrenos de bajamar

Dependencia:

Secretaría de planeación

Descripción:

Autorización previa para ocupar o intervenir temporalmente las playas y zonas de bajamar.

Crear solicitud Inicie el trámite de Licencia de intervención y ocupación temporal de playas marítimas y terrenos de bajamar. Consultar solicitud Recuerde tener el número radicado del trámite para realizar su consulta.
URL trámite en GOV.CO
Dirigido a
Públicos
  • Personas

  • Extranjeros

  • Funcionarios



Localización
Dirección de dependencia:

Calle: Avenida newball, edificio coral palace, parqueaderos, segúndo piso
Municipio: San Andrés
Teléfonos: 5130801. Ext.114

Hora de atención:

Lunes a viernes 8:00 a.m. a 11:00 a.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.

Responsable: Secretaría de planeación

Tiempo de respuesta: El plazo para este servicio es: 45 Dia(S) Hábil(Es)

Pagos

Requiere Pago: No

Costo:

No requiere pago.

Documentos requeridos

Reunir los documentos y cumplir con las condiciones establecidas para el trámite

La entidad verificará que el solicitante cumpla con:

Documentos:
Carta de solicitud: 1 Original(es)
Cédula de ciudadanía : 1 Fotocopia(s)
Poder o autorización : 1 Original(es)
Anotaciones adicionales: Cuando se actúe mediante apoderado o mandatario
Descripción del proyecto : 1 Original(es)
Anotaciones adicionales: Indicando las características generales, los elementos urbanos a intervenir en el espacio público, la escala y la cobertura
Planos de diseño del proyecto: 1 Original(es)
Anotaciones adicionales: Acotados y rotulados indicando la identificación del solicitante, la escala, el contenido del plano y la orientación norte. Los planos deben estar firmados por el profesional responsable del diseño y debe contener la información señalada en el artículo 27 del Decreto 1469 de 2010

Tenga en cuenta
En el caso de las licencias para la ocupación de playas con fines turísticos, culturales, y artísticos o recreativos 
Anexe
Concepto técnico favorable emanado de la Dimar: 1 Original(es)

2. Radicar los documentos. En caso de que la solicitud no se encuentre completa, se devolverá la documentación para completarla. Si el peticionario insiste, se radicará la solicitud y deberá complementar la información dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes
En el listado localiza los puntos de atención que necesites.

Enlaces